La reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que ha puesto en cuestión la permanencia anual de varios chiringuitos en la costa gaditana abre un escenario de revisión para los establecimientos ubicados en Tarifa. En este contexto, la principal demanda pasa por realizar una auditoría urgente de los 14 chiringuitos existentes en el término municipal para conocer con exactitud qué situación presenta cada uno de ellos y qué medidas deberán adoptarse en cada caso concreto.

Así lo pone de manifiesto nuestro colaborador y experto jurídico, Gaspar Perea quien sostiene en un somero análisis que la sentencia del TSJA no implica un cierre generalizado, pero sí obliga a revisar caso por caso la situación jurídica y técnica de los establecimientos instalados en el litoral tarifeño
La reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que ha puesto en cuestión la permanencia anual de varios chiringuitos en la costa gaditana abre un escenario de revisión para los establecimientos ubicados en Tarifa, donde la situación deberá estudiarse de manera individualizada para determinar qué instalaciones pueden mantener su actividad y cuáles podrían verse obligadas a desmontarse al finalizar la temporada estival.
Lejos de una interpretación mediática e intencionadamente sensacionalista que apunta a un cierre masivo o automático de negocios, lo que se desprende del análisis jurídico de Perea Cuesta apunta a que la resolución judicial obliga a examinar las circunstancias concretas de cada establecimiento. En el caso de Tarifa, donde existen alrededor de 14 chiringuitos y establecimientos vinculados al uso del litoral, cualquier decisión deberá sustentarse en una auditoría jurídica y técnica que permita conocer la situación real de cada uno de ellos.
La sentencia toma como referencia el caso del chiringuito Galápagos, en Rota, y cuestiona el procedimiento seguido para autorizar la permanencia durante todo el año de determinadas instalaciones sobre el dominio público marítimo-terrestre. Sin embargo, el fallo no establece una prohibición general de los chiringuitos ni determina que todos deban desmontarse, sino que pone el foco en la legalidad de los procedimientos administrativos utilizados para autorizar su permanencia.
Revisión individualizada
Nuestro colaborador advierte que el principal efecto de la sentencia es la necesidad de analizar cada expediente de forma independiente. Entre los aspectos que deberán revisarse figuran la existencia de concesiones o autorizaciones vigentes, si estas permiten expresamente la permanencia anual, si hubo modificaciones posteriores, la naturaleza desmontable o no desmontable de las instalaciones y la existencia de informes favorables o desfavorables por parte de la Demarcación de Costas o del Ministerio para la Transición Ecológica.
Asimismo, será necesario estudiar elementos técnicos como cimentaciones, pilotajes, anclajes, plataformas, cerramientos o cualquier estructura que pueda determinar si una instalación puede considerarse jurídicamente desmontable conforme a la normativa de Costas.
La propia doctrina emanada de la sentencia establece que no basta con que una instalación pueda desmontarse físicamente, sino que debe cumplir los requisitos técnicos y jurídicos exigidos por el Reglamento General de Costas para ser considerada desmontable.
Posibles consecuencias
En aquellos casos donde las autorizaciones para permanecer durante todo el año pudieran haber sido tramitadas de forma incorrecta, la consecuencia más probable no sería un cierre inmediato, sino la revisión o retroacción de los expedientes administrativos.
No obstante, si tras esa revisión se concluyera que no existe un título válido que ampare la permanencia anual de determinadas instalaciones, podría reactivarse la obligación de desmontarlas al finalizar el periodo autorizado.
Por este motivo, el análisis de Gaspar Perea considera imprescindible clasificar los establecimientos según su nivel de riesgo jurídico, diferenciando entre aquellos que cuentan con autorizaciones claras y estructuras plenamente desmontables y aquellos cuya situación presenta mayores incertidumbres.
La posición de Aecca
Desde la Asociación de Empresas de la Costa de Cádiz (Aecca) han mostrado su preocupación por la inseguridad jurídica que genera la sentencia para empresarios y trabajadores del sector.
Su presidente, Antonio Guerrero, ha defendido que muchos de los establecimientos afectados son desmontables y ha reclamado una solución que permita compatibilizar la actividad económica con el cumplimiento de la normativa. La organización espera que la reunión prevista con el Ministerio para la Transición Ecológica sirva para encontrar una salida que aporte estabilidad a un sector que considera estratégico para el empleo y la oferta turística de la provincia.
Aecca insiste en que los empresarios no pueden convertirse en los perjudicados de discrepancias entre administraciones y reclama que cualquier decisión futura se adopte con criterios claros, homogéneos y con plena seguridad jurídica.
Ni alarmismo ni impunidad
Fuentes conocedoras del análisis realizado sobre la situación de Tarifa consideran que el debate no debe plantearse entre el cierre indiscriminado de los chiringuitos o el mantenimiento automático de todas las instalaciones.
La clave estará en determinar, establecimiento por establecimiento, cuáles cumplen con los requisitos legales y técnicos para permanecer y cuáles deberán adaptarse o desmontarse al concluir la temporada. Una revisión que, según apuntan, permitirá proteger el litoral, garantizar la seguridad jurídica de los empresarios y evitar que posibles defectos administrativos terminen comprometiendo la actividad económica y el empleo vinculados a uno de los principales motores turísticos de Tarifa.
En este contexto, la principal demanda pasa por realizar una auditoría urgente de los 14 chiringuitos existentes en el término municipal para conocer con exactitud qué situación presenta cada uno de ellos y qué medidas deberán adoptarse en cada caso concreto.