El Miteco descarta haber prohibido la valoración de los arribazones y la enmarca en la “futura estrategia de control”
Desde el Gobierno de la Nación se señala que “ni los informes o actuaciones llevadas a cabo por este Ministerio están basadas en la opinión o asesoramiento de la científica María Altamirano”

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Miteco ha negado que haya prohibido la valoración de los arribazones del alga asiática, con fines comerciales como sostiene el asesor jurídico y otras entidades, Francisco Luis Petisme quien en misiva enviada al Miteco apuntaba a que “se están poniendo trabas a las actuaciones de valorización del alga porque se está haciendo caso a un desconocimiento real de la base jurídica con la que actuar”.
El Miteco, a través de la Subdirección General Biodiversidad Terrestre y Marina de la Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación, ha contestado a Petisme señalando “que en cuanto a la valoración con fines comerciales de la especie, este Ministerio no ha prohibido tal actuación. El artículo 64.5 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, establece que las actuaciones de aprovechamiento económico se podrán autorizar en el marco de estrategias, planes y campañas que se aprueben a tal efecto. En ese sentido, la futura Estrategia de control de la especie, en la cual se está trabajando actualmente, establecerá las prioridades y medidas de actuación a seguir”.
Sobre la estrategia de contención del alga invasora que el asesor técnico jurídico marcada por el Gobierno de la Nación y que Petisme apunta como errónea por estar basada en “los pensamientos de la asesora del Gobierno, María Altamirano, que aplica de forma errónea tanto la jurisprudencia, como la legislación en vigor, todo por no tener un adecuado conocimiento en la materia jurídica, aplicando cuestiones obsoletas”, el Miteco ha querido aclarar que “la Sra. Altamirano no es asesora del Gobierno” y que el órgano consultivo para asistir al Ministerio y a las comunidades autónomas en los temas relacionados con el Catálogo de Especies Exóticas Invasoras es el Comité Científico, creado en el Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero, y cuyas funciones fueron ampliadas por el Real Decreto 630/2013, de 2 de agosto”.
Se asegura desde la Subdirección General Biodiversidad Terrestre y Marina de la Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación que Altamirano es solo “adjudicataria de un contrato menor en el marco del proyecto LIFE IP Intemares, para la realización de un documento técnico que servirá de base para la realización de la Estrategia de control de la Rugulopterix Okamurae. En ese sentido, ni los informes o actuaciones llevadas a cabo por este Ministerio están basadas en la opinión o asesoramiento de la Sra. Altamirano”, se señala. Una estrategia de carácter orientativa, no taxativa en virtud del artículo 64.7 de la ley 42/2007 de patrimonio y biodiversidad.